La instrucción de 4/12 de la Dirección General de la Policía aclara que la Carta de Invitación tiene como finalidad acreditar el alojamiento u hospedaje.
Con esta instrucción, las Brigadas de Extranjeros de la Policía Nacional de cada provincia tienen mucho más claro que pedir o no a la hora de tramitar una carta de invitación.
Queda claro por tanto que La carta de Invitación sirve para que el extranjero acredite que, durante su tiempo de visita a España, cuenta con alojamiento u hospedaje que le proporciona un español o extranjero residente legal que vive en España.
Así, ya no estará justificado exigir otro tipo de requisitos como los de acreditación del vínculo, medios económicos, etc, y solo bastará con presentar el documento que acredite la titularidad de la vivienda o el contrato de alquiler.
Fuente: Parainmigrantes
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