miércoles, 4 de julio de 2012

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas

Publicado en: BOE Num. 153, de miércoles 27 de junio de 2012
Finaliza el plazo el día 22 de julio de 2012



Subvenciones para aquellas actividades de promoción de la lectura y las letras españolas cuyo desarrollo esté previsto para el año 2012 y que tengan por objeto una de las siguientes finalidades:
a) Promover y fomentar las actividades de ámbito territorial nacional, internacional o supraautonómico, que contribuyan a la promoción de la lectura, al incremento de los índices de lectura de la sociedad española, a la difusión nacional e internacional del libro y de las letras españolas y a la promoción de las bibliotecas españolas.
b) Promover actividades y programas de difusión del libro, la lectura y las letras españolas en medios de comunicación de ámbito nacional.
c) Participar en las conmemoraciones de carácter nacional e internacional y en otros acontecimientos históricos y culturales de relevancia, con especial atención a los centenarios de los principales autores y obras españolas.
d) Promover la cultura común española a través de actividades de difusión de las letras españolas mediante encuentros, congresos y acontecimientos similares, tanto en el interior como en el exterior de España, llevadas a cabo por instituciones con carácter estatutario nacional o internacional.
Podrán solicitar estas subvenciones las fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, relacionadas con la promoción de la lectura y las letras españolas con una acreditada labor cultural, de nacionalidad española, o de otros estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener un ámbito estatutario nacional o internacional declarado en sus Estatutos.
b) No figurar como beneficiario de subvenciones nominativas consignadas en los Presupuestos Generales del Estado dentro de los créditos correspondientes a la Dirección General Política e Industrias Culturales y del Libro.
c) Tener, entre sus actividades habituales, la de fomento de la lectura o las letras españolas.

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