martes, 17 de julio de 2012

Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Subvenciones para la celebración de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con la cooperación para el desarrollo

Publicado en: BOE Num. 166, jueves 12 de julio de 2012
Finaliza el plazo el día 1 de agosto de 2012
Las subvenciones tienen por objeto la financiación de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo.
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones los ciudadanos españoles y extranjeros, así como las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras que cumplan los siguientes requisitos:
Personas físicas: Haber cumplido la mayoría de edad.
Personas jurídicas: Estar legalmente constituidas.
En ambos casos:
Carecer su actividad de fines de lucro.
Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.
Acreditar, en su caso, el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la residencia fiscal de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio

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