miércoles, 31 de julio de 2013

Subvenciones públicas destinadas a proyectos de atención a mujeres víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Publicado en elBOE Número 179, de día sábado 27 de julio de 2013
Finaliza el plazo de presentación el día miércoles 14 de agosto de 2013

Subvenciones públicas para el año 2013 para proyectos destinados a la atención, la ayuda social y la asistencia a mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad, incluidas las víctimas de trata que se hayan acogido al período de reflexión previsto en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente orden, se considerarán proyectos destinados a la protección y la atención social a mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual los dirigidos al desarrollo de actuaciones en los siguientes ámbitos:

a) Detección de posibles víctimas, que implica la solicitud de financiación de dispositivos de acercamiento a las mismas, tales como unidades móviles o teléfonos de atención, entrega de material, con la finalidad de facilitar a las potenciales usuarias información sobre los recursos del proyecto y proponer el acompañamiento, derivación o asistencia.

b) Servicios de información y asesoramiento, atención psicosocial, asistencia sanitaria, apoyo jurídico, acompañamiento a otros recursos y/o inserción sociolaboral, incluidas las actividades de formación, cuando dichos servicios no formen parte de un itinerario integral.

c) Itinerarios de asistencia integral, que incluyan medidas de atención, protección y subsistencia de las usuarias, con independencia de su situación administrativa y de que se hayan acogido o no al periodo de restablecimiento y reflexión previsto en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de naturaleza jurídico privada sin ánimo de lucro y con implantación estatal o autonómica según sus estatutos que, en el momento de la publicación de la presente orden, cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.

b) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que deberá acreditarse conforme a lo establecido en el apartado 7 del artículo citado.

c) Carecer de fines de lucro y tener, entre los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, la protección, atención o la asistencia laboral, formativa, informativa, médica, jurídica o psicológica a personas prostituidas, víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución o que las entidades u organizaciones solicitantes acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en derecho, experiencia en el desarrollo y puesta en práctica de proyectos de atención a estos colectivos.

d) Contar con los medios materiales y los recursos humanos necesarios para llevar a cabo el proyecto, incluidos, en su caso, los medios técnicos necesarios para la presentación del proyecto por vía electrónica, lo que se deberá acreditar por cualquier medio admitido en derecho. Igualmente, cuando se contemple la participación en el proyecto de personas que desempeñen labores de voluntariado, deberá haberse suscrito la correspondiente póliza de responsabilidad civil.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las subvenciones y ayudas económicas recibidas con anterioridad de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos adscritos.

f) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2013/07/27/pdfs/BOE-A-2013-8237.pdf

lunes, 29 de julio de 2013

Malí vota para salir del túnel

El país celebra sus primeras elecciones presidenciales después de la guerra contra los yihadistas, en medio de amenazas y graves tensiones étnicas


Un hombre vota durante las elecciones presidenciales de ayer en Tombuktu
Estamos hartos, queremos alguien que pueda sacar a este país del agujero en el que ha caído. Y el único con la fortaleza para hacerlo es Ibrahim Boubacar Keita”. En el patio del colegio Torokorobugou B, en el centro de Bamako, decenas de personas hacen cola para votar. Quien habla es Zoumana Dembele, joven contable de una empresa local que está convencido de que este histórico de la política maliense conocido como IBK y al que sigue desde hace más de diez años, será el ganador de las elecciones presidenciales que se han celebrado este domingo en Malí bajo la amenaza de atentados terroristas y en medio de algunos problemas de organización que no han impedido una “gran movilización de votantes”, según ha afirmado un portavoz de la Red de Apoyo a las Elecciones en Malí (Apem).

Gane quien gane, no lo tendrá fácil. Con quince millones de habitantes, esta nación de África occidental —cuyas dos terceras partes se encuentran en el Sahel—, el sexto más pobre del Planeta según el último Índice de Desarrollo Humano, ha vivido en el último año y medio un auténtico shock que ha puesto en peligro su propia existencia como país. Desde que el 17 de enero de 2012 una alianza entre rebeldes tuaregs (MNLA) y grupos terroristas de corte islamista radical (AQMI, Muyao, Ansar Dine) se alzó en armas contra el Gobierno en el norte del territorio, los malienses han vivido de sobresalto en sobresalto. La rebelión, que logró hacerse con el control de todo el norte,desencadenó un golpe de estado militar en marzo de 2012 que logró tumbar el orden constitucional. Sin embargo, el Ejército, dividido, desmoralizado e insuficientemente dotado, se mostró incapaz de hacer frente a los citados grupos armados y en enero de 2013 fue Francia, con el apoyo de un puñado de países africanos, quien lanzó la operación militar Serval para hacer frente a la amenaza terrorista que se había instalado en el norte y avanzaba hacia la capital.

Si los yihadistas sufrieron un duro golpe y fueron perseguidos hasta sus últimos escondites cerca de la frontera con Argelia, el fin de la guerra no ha supuesto la llegada de la paz: las tensiones étnicas entre tuaregs y árabes, por un lado, y las etnias negras del sur se mantienen intactas y representan un problema siempre latente que puede estallar en cualquier momento.

“Estamos hartos, por eso hoy hemos salido a votar”, asegura Doumbia Touré, un ama de casa que cada mañana se levanta temprano para ir al mercado a intentar vender unas pocas frutas y verduras con las que juntar unos francos CFA para la supervivencia diaria. Con la mayor parte de la ayuda al desarrollo suspendida tras el golpe de Estado, el país espera como agua de mayo el desbloqueo de 3.000 millones de euros prometidos por los países donantes occidentales y condicionados a la celebración de estas elecciones.

Con la actividad económica ralentizada y un Estado en proceso de desmoronamiento, los malienses llevan un año y medio soñando con el día que las cosas cambien, ocupados cada día en su propia supervivencia y desconfiados, en general, de una clase política a la que consideran culpable de sus males.

Muchos esperaban que estas elecciones supusieran el cambio de rumbo necesario para empezar a ver la luz al final del túnel, aunque los peligros eran enormes: el censo electoral, de 6,8 millones de votantes, y el reparto de los carnés electorales, se llevó a cabo en tiempo récord y no sin imperfecciones; unas 300.000 personas siguen desplazadas de sus hogares o refugiadas en otros países; la Administración no está aún del todo presente en las tres regiones del norte, Gao, Tombuctú y Kidal, sobre todo esta última; y el grupo terrorista Muyao amenazó con atentados en los colegios electorales.

Pese a todos los obstáculos, las elecciones se celebraron sin grandes incidentes. En un país donde las tasas de participación son normalmente bajas e incluso no llegan a superar el 30 por ciento, todo apunta a que esta vez sí una buena parte de los malienses inscritos en el censo ha querido tomar parte en el proceso acudiendo a votar. Y de entre los 27 candidatos que aspiran a ocupar el sillón presidencial, en todos los corrillos se apuntaba a dos de ellos con serias aspiraciones, salvo sorpresa de última hora. De un lado, Ibrahim Boubacar Keita (IBK), historiador de Sikasso (sur), ex primer ministro y considerado un halcón, el hombre fuerte que Malí necesita; del otro, Soumaïla Cissé, ingeniero informático de Tombuctú (norte), ex ministro de Finanzas, al que se percibe como un hombre de diálogo y consensos. Si ninguno alcanza la mitad de los votos, habrá segunda vuelta el 11 de agosto. De lo contrario, en las próximas horas habrá nuevo presidente de Malí.

Una región de Malí ha permanecido ajena a la agitación electoral y a las colas de votantes en los colegios electorales. Se trata de Kidal, auténtico feudo tuareg y lugar de origen de buena parte de los miembros del Movimiento Nacional de Liberación del Azawad (MNLA), que en abril pasado declararon la independencia del norte del país. Allí, días antes de los comicios, las calles aparecieron llenas de carteles en las que se amenazaba a los electores que acudieran a ejercer su derecho al voto. Todo el mundo miró al propio MNLA, pero en realidad pudo haber sido cualquiera, en un lugar en el que una parte representativa de la población no se siente maliense y donde el islamismo radical ha logrado sentar sus bases.

Hasta hace tan solo un mes el Ejército maliense no había siquiera puesto el pie en Kidal, la capital regional, y en la actualidad son las tropas de la Misión de Naciones Unidas para la Estabilización de Malí (Minusma), integradas allí fundamentalmente por tropas de países de África occidental, las que patrullan por sus calles, pues los soldados malienses se encuentran atrincherados en un campamento militar para evitar incidentes con la población o enfrentamientos con miembros del MNLA, que también se han acantonado.

“Poca gente ha acudido a votar”, asegura por teléfono un residente en Kidal. “Tienen miedo”. En algunos colegios electorales se habían arrancado las listas de votantes para impedir el desarrollo normal de la jornada. Si los acuerdos de Uagadugú, firmados hace poco más de un mes, establecían el retorno de la Administración maliense a Kidal para permitir las elecciones, en la práctica ha sido la región donde estos comicios se han enfrentado a serias dificultades.

Fuente: elpais.com

martes, 23 de julio de 2013

Subvenciones para la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas


Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Publicado en: BOE Número 171, de día jueves 18 de julio de 2013
Finaliza plazo de presentación el día lunes 19 de agosto de 2013

El objeto de estas subvenciones es la financiación de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de la competencia propia de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, en los que concurra alguno de los siguientes requisitos:

a) Que se trate de programas cuya ejecución corresponda a la Administración General del Estado, bien por referirse a una materia cuya competencia de ejecución es del Estado, o bien porque concurra en el programa considerado en cada caso el requisito de la supraterritorialidad.

b) Que se trate de programas en los que el Estado ostente competencia para establecer las bases y se acredite alguna de las siguientes circunstancias: que resulten imprescindibles para asegurar la plena efectividad de las medidas dentro de la ordenación del sector, o para garantizar las mismas posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional, o bien para evitar que se sobrepase la cuantía global de los fondos estatales destinados al sector.
Serán subvencionables en esta convocatoria, los programas para la atención a las personas con necesidades de atención integral socio-sanitaria, los programas para la atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral y los programas para el fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia, cuya definición, prioridades y requisitos específicos para su cumplimiento, figuran en el anexo A de esta Resolución.
Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Resolución las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector colaboradoras con la Administración General del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, así como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y, cuando proceda, debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.
b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero, por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar ayudas para fines de interés 
social, derivadas de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
c) Tener fines institucionales adecuados para la realización de las actividades consideradas financiables en el apartado segundo, punto 2.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de los entonces Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Ministerio de Sanidad y Política Social, Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (antes Ministerio de Asuntos Sociales).
f) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
2. También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones, sin personalidad jurídica.
Estas agrupaciones deberán indicar los compromisos asumidos por cada uno de sus miembros y el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos. Asimismo, deberán nombrar un representante con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.




Subvenciones, destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Publicado en: BOE Número 175, de día martes 23 de julio de 2013
Finaliza plazo de presentación el día miércoles 7 de agosto de 2013

El objeto de estas subvenciones es financiar el mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones y sedes del movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal, directamente vinculado al área de competencia y actividad del Instituto de la Mujer, a fin de facilitar su disponibilidad de los medios precisos para el cumplimiento de sus objetivos.
Los gastos que podrán ser financiados por esta convocatoria son los contraídos entre, el 1 de enero del 2013 y el 31 de diciembre de 2013, y que deberán estar efectivamente pagados con anterioridad al 31 de enero del 2014. Se entiende por gasto contraído el asumido por la entidad en virtud de una obligación válidamente constituida con arreglo a derecho.
Se podrán subvencionar gastos directamente asociados al mantenimiento, 
funcionamiento, y equipamiento instrumental de las instalaciones y sedes sociales de las entidades beneficiarias contraídos por la entidad durante el período de ejecución y abonados materialmente con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Se podrán financiar también los gastos corrientes en bienes y servicios derivados del local en que se ubique la sede social de la entidad, las obras precisas de conservación y mantenimiento para su adecuada utilización, así como pequeñas reparaciones que no tengan el concepto de inventariables, por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles. También se consideran subvencionables suministros, material fungible de oficina y ofimática, correo y otros análogos, contraídos por la entidad durante el periodo de ejecución.
Con carácter general, y en la intención de contribuir a facilitar el desarrollo de las actividades propias y habituales de la entidad, se incluyen finalmente también como subvencionables los gastos derivados del personal que trabaje en la referidas sedes, de las reuniones de los órganos de gobierno, de la celebración y asistencia a reuniones nacionales e internacionales relacionadascon las actividades de la entidad, de la difusión, incluida la edición de publicaciones periódicas y folletos divulgativos de la entidad y, de la información, orientación y asesoramiento dirigido a sus asociadas y a las personas objeto de su atención, contraídos por la entidad durante el periodo de ejecución, teniendo en cuenta las limitaciones indicadas en el apartado séptimo de la Resolución.
No serán financiables gastos directamente asociados al mantenimiento, funcionamiento, y equipamiento instrumental de instalaciones y sedes que, siendo de titularidad pública de la Administración General del Estado u otra Administración Autonómica o Local, sean utilizadas por las entidades a titulo gratuito.


lunes, 22 de julio de 2013

La Guardia Civil localiza en Ceuta una patera con cuatro inmigrantes vietnamitas

Tres hombres y una mujer de entre 20 y 30 años comparecerán este lunes ante el juez

Detenidos los dos marroquíes que guiaban la embarcación
Una patera en la que viajaban cuatro ciudadanos vietnamitas y dos marroquíes fue interceptada el mediodía del domingo por la Guardia Civil en Ceuta, en las inmediaciones de la frontera norte con Marruecos, ha informado la institución. Tres hombres, de aproximadamente 23, 27 y 30 años, y una mujer, de unos 20 años, se escondían en una embarcación con motor de cinco metros de largo en la que simulaban pescar dos hombres naturales de Tánger, que han sido detenidos.
Los marroquíes, de 22 y 23 años, han sido acusados de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Los asiáticos se encuentran en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) y comparecerán en un juzgado este lunes. No llevan documentación y, al parecer, solo hablan vietnamita, por lo que se está buscando a un intérprete para su audiencia con el juez.
Los magrebíes fingían pescar a unos 50 metros de la playa cuando un efectivo de la Guardia Civil activó un dispositivo al notar que la dirección de la nave "no era normal" y que parecía haber más personas tumbadas. Al verse descubiertos, los patrones se acercaron a la orilla para desembarcar a los vietnamitas y luego intentaron regresar a aguas marroquíes sin éxito.
La Guardia Civil afirma que los seis se encuentran en buen estado y que, desde hace unos tres años, los inmigrantes asiáticos no son tan comunes en la zona: "No suelen ser el prototipo". Fuentes del CETI han coincidido en que los inmigrantes "llaman la atención", aunque no solo por su nacionalidad, también porque llevan vestimenta deportiva, "alguna de marca".
Fuente: elpais.com

viernes, 19 de julio de 2013

Justicia exige a una niña de tres años “buena conducta” para nacionalizarla

El ministerio atribuye a un “error” la denegación de la ciudadanía española a la menor

El Ministerio de Justicia ha denegado la nacionalidad a una niña de tres años, con residencia en Galdakao, por no justificar su “buena conducta” y no tener, según la resolución, su documentación en regla a pesar de contar con un permiso de residencia en España hasta el año 2017. Los padres de la menor, de origen congoleño y afincados en España desde hace más de 10 años, habían solicitado a la vez la ciudadanía española de todos sus miembros. Sin embargo, se han encontrado con que el “único” permiso denegado ha sido el de la pequeña, explica la presidenta de Comisión Española para la Ayuda del Refugiado (CEAR) Euskadi, Patricia Bárcena.
La resolución de Justicia, fechada el pasado 14 de junio, dictamina que se le niega el permiso de ciudadanía española por no justificar la “buena conducta cívica” que exige el artículo 22.4 del Código Civil, es decir, por no acreditar el certificado de antecedentes penales español y el del país de origen. Se trata de un documento que, según el subdirector general de Nacionalidad y Estado Civil de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Rubén Baz, “no suele exigirse a los menores de edad, por lo que se trata de un error en la resolución”.
Justicia también señala en su escrito que la menor “no cuenta con autorización de residencia en España”, cuando tiene toda su documentación en regla, al disponer de un permiso de residencia desde agosto de 2012 con vigencia hasta junio de 2017
CEAR denuncia que se trata de “un error más” del ministerio desde que se estableció el Plan Intensivo de Nacionalidad (PIN), que pretendía agilizar los trámites de los más de 400.000 expedientes retrasados con los que se encontró el Partido Popular al llegar al Gobierno en noviembre de 2011. “Se están haciendo las cosas mal y rápido con el objetivo de cumplir objetivos cuantitativos establecidos por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón”, denuncia el abogado y director de la organización en el País Vasco, Javier Galparsoro.
Baz intenta minimizar las consecuencias de la resolución al afirmar que “hay que situarla entre los miles de expedientes que están tramitándose con eficacia” desde que se pusiera en marcha el PIN. “No son una cuestión de criterio, ni están relacionados con las prisas ni con un objetivo cuantitativo” en contra de la opinión de CEAR, que denuncia “constantes irregularidades y falta de criterio” en las denegaciones de nacionalidad, en palabras de Galparsoro. Sin ir más lejos, esta misma semana, el ministerio ha tenido que revocar 74 denegaciones de nacionalidad a refugiados —cuatro fueron detectadas por CEAR Euskadi— que también se habían dictado así “por error”.
Aunque Galparsoro señala que el de la niña de Galdakao es “el único caso” que se ha registrado por ahora en Euskadi, en la delegación andaluza ya se han encontrado otra veintena de casos idénticos. Precisamente, Amaiur presentó ayer una petición en el Congreso de los Diputados para que el Gobierno esclarezca los criterios utilizados en la resolución de la menor.


Fuente: elpais.com

jueves, 18 de julio de 2013

Medios económicos en la renovación de la tarjeta comunitaria


Recursos económicos en los casos de renovación de la tarjeta comunitaria o tarjeta comunitaria permanente. 

Haber residido legalmente en España durante un periodo continuado de cinco años, siempre que se mantenga el vínculo familiar por el que se expidió la tarjeta de residencia, esto último con excepción de los supuestos en los que se mantiene el régimen comunitario en caso de fallecimiento, nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada conforme al RD 240/2007.
Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, cuando este último es trabajador por cuenta ajena o propia, y adquiere el derecho a residencia permanente antes de que finalice el periodo de cinco años.
Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, que fallece en el curso de su vida activa con anterioridad a la adquisición del derecho a residencia permanente, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Que el ciudadano de la Unión hubiera residido de forma continuada, en la fecha del fallecimiento, al menos dos años.
Que el fallecimiento se haya debido a accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Que el cónyuge del ciudadano de la Unión hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.
El pasado mes de abril fueron modificados los requisitos de acceso a la tarjeta comunitaria (de familiar de ciudadano de la unión) y Certificados de Registro de Ciudadanos Comunitarios.
La modificación afectó al artículo 7 del RD 240/2007, y estableció los requisitos de índole económico aplicables para conseguir la tarjeta comunitaria inicial o, en algunos casos renovada.
Es decir, la normativa exige la acreditación de recursos económicos en los siguientes casos:
1. Certificados de Registro Iniciales (el papel verde de los ciudadanos de la Unión Europea).
2. Tarjeta Comunitaria Inicial para los familiares de ciudadanos comunitarios.
3. Renovación de las Tarjetas Comunitarias cuando las mismas se hayan concedido por un periodo inferior a 5 años.
¿Y que ocurre en el caso de tarjetas comunitarias “permanentes” o certificados de registro de la unión “permanentes”? ¿también se piden los medios económicos?
En muchas ocasiones, se confunde el término “renovación” con el de solicitud de “residencia permanente” y es muy importante que tengamos en cuenta que la propia normativa, de forma expresa, indica que en el caso de residencias comunitarias permanentes o certificados de registro permanentes no se aplican las condiciones exigidas en el artículo 7 (dónde se piden los medios económicos).
Para ser claros. Si tienes 5 años tu tarjeta comunitaria y vas a presentar la renovación de la misma, realmente no estás solicitando una “renovación” sino una “tarjeta permanente” y entre los requisitos exigidos para este tipo de tarjetas no se pueden pedir “medios económicos”.
Los requisitos que el artículo 10 del Reglamento de Régimen Comunitario exige para este tipo de tarjetas comunitarias permanentes son los siguientes:
Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
Así pues, si estás en estos supuestos (comunitarias permanentes) y en la Oficina de Extranjería te piden estos requisitos, debes saber que no estás obligado a acreditar la tenencia de medios económicos. Las Oficinas de Extranjería disponen de las Notas Informativas Oficiales que establecen todo lo anteriormente expuesto,
Fuente: Parainmigrantes










martes, 16 de julio de 2013

Convocatoria de proxectos para axentes galegos de cooperación

Fondo Galego de Cooperación e Solidariedade

Publicado en páxina web:http://www.fondogalego.org/
Finaliza prazo o día  sábado 31 de agosto de 2013
Está dotada con 70.000 euros e o prazo para a presentación de solicitudes prolongarase ata o 31 de agosto.
O Fondo Galego de Cooperación e Solidariedade vén de abrir o prazo da convocatoria de subvencións para proxectos de cooperación internacional dirixida ás entidades galegas do sector. A convocatoria de 2013 está dotada con 70.000 euros, o que supón un incremento orzamentario do 40% respecto do ano pasado. O máximo da achega por proxecto ascende a 30.000 euros e o prazo para a presentación de solicitudes permanecerá aberto ata o 31 de agosto.
Terán preferencia as intervencións nos países menos adiantados, naqueles prioritarios para o Fondo Galego (Cabo Verde, Cuba, Nicaragua e Perú), nos países lusófonos e nos sinalados no II Plan Director da Cooperación Galega. Amais de incorporar enfoques transversais coma a loita contra a pobreza, os Dereitos Humanos, a igualdade de xénero e a protección do medio ambiente, o ámbito de actuación deberá estar vinculado co eido local. Os parceiros locais han de responsabilizarse da execución, que contará coa participación das persoas beneficiarias. Ao tempo, as organizacións solicitantes teñen que acreditar dous anos de presenza real en Galicia e outros tantos de experiencia no país e no sector de destino.
A Comisión Executiva do Fondo Galego presentou o 4 de xullo as bases desta convocatoria de proxectos ante o Consello Municipalista de Cooperación, órgano consultivo do que están convidadas a particpar as organizacións non gobernamentais, sindicatos e demais axentes do sector. Tras a xuntanza incorporáronse ao documento definitivo boa parte das alegacións presentadas pola Coordinadora Galega de ONGD.

viernes, 12 de julio de 2013

Los precios de la inmigración ilegal

1.500 euros en balsa, 6.000 en coche

La Guardia Civil y la policía aseguran que las mafias de tráfico clandestino imponen costes fijos
Los que tienen menos recursos compran barcas hinchables por menos de 200 euros

Un inmigrante oculto en el motor de un coche. / GUARDIA CIVIL


Las investigaciones realizadas por la Guardia Civil de Ceuta, así como por la policía, con testimonios de los propios inmigrantes, han permitido determinar que las mafias que trafican con personas establecen precios para los viajes ilegales con destino a España. Fuentes del instituto armado aseguran que las mafias cobran unos 1.500 euros por inmigrante si realizan el viaje en una embarcación a motor y 6.000 euros si lo hacen escondidos en los dobles fondos de los vehículos.La Guardia Civil tiene constancia de redes perfectamente organizadas a ambos lados de la frontera que tienen en cuenta muchos factores a la hora de realizar estos viajes: el tiempo, la hora e incluso el momento, sobre todo ahora que los musulmanes están en pleno mes de Ramadán y se estima que la vigilancia en las costas marroquíes suele "relajarse".



La mayor parte de los inmigrantes optan por el viaje en una balsa neumática con motor, aunque se ha detectado un incremento en las entradas escondidos  en dobles fondos de vehículos practicados en distintas zonas como el salpicadero del coche o el motor.Dos inmigrantes ocultos en el doble fondo de una furgoneta.

No obstante, las mismas fuentes precisan que hay inmigrantes que intentan la travesía por su cuenta, los que tienen menos poder adquisitivo, y lo hacen comprando una barca hinchable, que suele costar unos 200 euros en Marruecos y menos de 100 euros si la adquieren en Ceuta para cruzar el Estrecho.

En cualquiera de los dos casos, la Cruz Roja Española en Ceuta y Salvamento Marítimo han alertado sobre los importantes riesgos que corren los inmigrantes en este tipo de travesías, sobre todo por el hecho de que salen a la mar sin tener nociones básicas sobre cómo actuar en caso de cualquier imprevisto. "Algunos llegan exhaustos, otros con hipotermia pero generalmente todos lo hacen después de haber pasado mucho miedo durante el trayecto", afirma el dirigente de la Cruz Roja ceutí Germinal Castillo.

En los últimos días se ha incrementado el tránsito de este tipo de balsas, por las buenas condiciones meteorológicas. Tan sólo en la jornada de este jueves fue rescatada cerca de Ceuta una balsa con 10 inmigrantes subsaharianos a bordo, mientras que las autoridades marroquíes rescataban a otras tres pateras en las que viajaban 18 inmigrantes más.

La inmigración ilegal vuelve a darle la mano al verano para que estas personas sigan aferrándose al sueño de llegar a Europa.

Fuente: elpais.com


viernes, 5 de julio de 2013

6 de Julio día Internacional de las Cooperativas

Las cooperativas son organizaciones participativas que contribuyen a crear una economía sostenible ofreciendo una alternativa real en estos momentos de crisis.
Este próximo sábado 6 de julio se celebra el día internacional de las cooperativas con el lema: las cooperativas se mantienen fuertes en tiempos de crisis.
Las cooperativas son participativas y equitativas, tienen una importante vocación social y su funcionamiento y la toma de decisiones son democráticos y transparentes. Estos valores son algunos de los que definen, también, al Comercio Justo. De ahí que muchas de las organizaciones de Comercio Justo tanto en el Sur como del Norte sean cooperativas.
Al dar la mayor prioridad a las necesidades humanas, las cooperativas responden a las crisis actuales de sostenibilidad y nos ofrecen una forma distinta del “valor compartido”. Situando a las personas por delante del beneficio económico.
CECOCAFEN - Central de Cooperativas Cafetaleras del Norte
Un ejemplo de la buena salud de las cooperativas de comercio justo lo encontramos en CECOCAFEN, en Nicaragua,  que aglutina a 11 pequeñas cooperativas en las que trabajan más de 2000 agricultores de café biológico. La organización ofrece formación y asesoría técnica a los socios, facilita el procesamiento del café y asegura su comercialización. Asimismo, la organización lleva a cabo numerosos proyectos educativos, sociales y medioambientales en la comunidad.


Feliz día de las cooperativas a todos!!!

Fuente: Alternativa3

Extinción de la Autorización de Residencia por tiempo fuera de España


Sabemos que este es una pregunta que siempre nos estamos haciendo, por eso hoy os dejamos la respuesta por parte de Parainmigrantes.

Para residentes no comunitarios

La extinción de la autorización de residencia temporal se extinguirá cuando se permanezca fuera de España durante más de seis meses en un periodo de un año. Esta circunstancia no será de aplicación a los titulares de una autorización de residencia temporal y trabajo vinculados mediante una relación laboral a organizaciones no gubernamentales, fundaciones o asociaciones, inscritas en el registro general correspondiente y reconocidas oficialmente de utilidad pública como cooperantes, y que realicen para aquéllas proyectos de investigación, cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria, llevados a cabo en el extranjero. Tampoco será de aplicación a los titulaes de una autorización de residencia que permanezcan en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea para la realización de programas temporales de estudios promovidos por la propia Unión.
En el caso de residentes con tarjetas de larga duración, la extinción de la residencia se producirá por estancias fuera de la unión europea superiores a 12 meses.
Para residentes comunitarios
(Real Decreto sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo). 
Para tarjetas temporales (primera de 5 años) se aplica el plazo de 6 meses en el periodo de una año.
Las interrupciones de residencia no superiores a dos años no afectarán a la vigencia de la tarjeta de residencia de larga duración (10 años)
Fuente: Parainmigrantes

jueves, 4 de julio de 2013

Subvenciones públicas destinadas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad


Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Publicado enBOE Número 154, de viernes 28 de junio de 2013
El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en cada convocatoria de subvenciones

La concesión de las subvenciones reguladas en la presente orden tendrán como beneficiarias a las empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones de entre 30 y 250 trabajadoras y trabajadores que, en el ámbito de las relaciones laborales, adopten por primera vez un plan de igualdad tendente a alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente orden todas aquellas entidades que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan con los requisitos generales siguientes:
a) Estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.
b) Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, lo que deberá acreditarse conforme a lo establecido en el apartado 7 del artículo citado.
c) Cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las entidades que opten a la subvención de planes de igualdad deberán tener una plantilla, en el momento de presentar su solicitud, no inferior a 30 y no superior a 250 personas trabajadoras.

miércoles, 3 de julio de 2013

La oposición de los Registros Civiles a la Jura en Notaría

Funcionarios de diferentes Registros Civiles informan a los extranjeros que la Jura efectuada en las notarías no es válida para continuar con el proceso de nacionalidad.

La verdad es que todos los días recibimos cientos de emails y mensajes con la experiencia de muchas personas tanto en consulados, oficinas de extranjeros y registros civiles.
Y desde hace una semana venimos recibiendo algunos que nos tienen algo preocupados.
Os dejo uno de ellos como ejemplo:
“INFORMARLES QUE,LAS PRIMERAS PERSONAS QUE HAN JURADO POR ESTE, ACUERDO SE HAN ACERCADO,YA AL REGISTRO CIVIL A PREGUNTAR POR SI YA LLEGO LA INFORMACIÓN TELEMÁTICA DESDE NOTARIA Y SE ESTAN ENCONTRANDO CON LA SORPRESA ,QUE LOS REGISTROS CIVILES NO QUIEREN HACER VALIDOS ESTOS DICHOS JURAMENTOS POR JO HABER UNA LEY QUE REGULE Y DIGA QUE ES LEGAL JURAR ANTE UN NOTARIO….ESTO SUCEDIÓ EN CUENCA Y TOLEDO..Y SE PREVEE QUE SEAN EN TODOS LOS REGISTROS CIVILES…….”
Se trata de los casos en los que algunos funcionarios del Registro Civil están informando a los extranjeros que se acercan a preguntar sobre el proceso de nacionalidad, en particular, sobre la cita de jura, que dicha jura, cuando se realiza en una notaría no es válida y que no servirá para adquirir finalmente la nacionalidad.
El planteamiento puede tener una cierta lógica jurídica, amparada en el hecho de que, según la opinión de algunos Registros Civiles, la encomienda de Jura a los Notarios no tiene un amparo legal.
Pero el problema va más allá y es el reflejo del conflicto entre los funcionarios de los Registros Civiles y el propio Ministerio de Justicia y la idea de que, estas encomiendas de nacionalidad a Registradores de la Propiedad y Notarios no es más que parte de una privatización del Registro Civil.
Lo peor de todo, desde nuestro punto de vista, es el traslado de dicho problema  al interesado, al extranjero que está en proceso de nacionalidad y que se convierte sin quererlo en espectador del mismo y sufridor directo del mismo, recibiendo información absolutamente parcial y muchas veces tergiversada cuando se planta en sede judicial.
Hemos visto casos en los que se está indicando que, “si no se pide cita en el registro, se puede incluso perder la nacionalidad española” o “si haces la jura en la notaría no podrás inscribir la partida hasta el año que viene”. Os puedo asegurar que no se trata de casos aislados y, en todos ellos, se denota el enfado por parte de los trabajadores del registro civil a la hora de dar la información y sobre todo el intento de uso del ciudadano, del nacionalizable en este caso,  para trasmitir sus reivindicaciones.
Y todos podemos ser espectadores directos del conflicto y de las opiniones de muchos funcionarios en los foros y redes sociales (ver fuente del debate):
Autor Tema: JURAS NACIONALIDADES ANTE NOTARIOS RC LOGROÑO
Queridos Compañeros:
Me surgen dudas acerca de las Juras de Nacionalidad que desde el día 17 se hacen ante notarios.
Los Notarios están remitiendo a los interesados con un formulario para que se lo cumplimentemos nosotros y les digamos cuál es el cCV y su segundo apellido. ¿Que vais a hacer al respecto?
Por otra parte, en INFOREG la jura puede ser ante el Encargado y ante el Cónsul. Cómo inscribimos nosotros la nacionalidad si la Jura es ante Notario????????
No os parece que esto es un parche que en realidad nos va a dar más problemas????
Es esto el paso previo para que a partir de enero dejemos de ser competentes en materia de REgistro Civil ?????
Gracias.
Titulo: Re: JURAS NACIONALIDADES ANTE NOTARIOS
Yo lo tengo muy claro: que los notarios no nos pidan a nosotros algo sobre lo que no tenemos obligación de darles mientras el Sr. Ministro o, por delegación, el Sr. Director General de los Registros y del Notariado, mediante el decreto o instrucción correspondiente publicada en el BOE, no nos diga que podemos hacerlo. gipuzkoa
Titulo: Re: Titulo
LO tenemos claro, aquí se siguen los expedientes con riguroso orden de presentación de la documentación en su momento, y porque un señor/a vaya a un notario a hacer la jura y su expediente sea del 2012 no se va a adelantar a los del 2010 por ejemplo. Nos tienen que organizar los NOtarios la organización de nuestro trabajo? Aquí cualq consulta respecto a la jura de NOtarios se les remite directamente al NOtario que es el que se supone que ha asumido ese trabajo y según la información se les a formado cosa que aquí hemos tenido que aprender a base de interes propio. Su nombre …
Titulo: Re: Titulo
Yo tengo mi agenda en la que ya están citados hasta el mes de septiembre incluido quienes ahora mismo la tienen concedida en este registro. Ahora viene la «medida Gallardón» ha ¿retocarme mi agenda? ¡¡Venga ya!! Va a resultar que me van a organizar ellos mi trabajo y los días y horas en que tengo que tramitar expedientes, o atender ventanilla…. Mi agenda la organizo yo. Y, de momento, hasta septiembre ya tengo ordenados quienes vienen a jurar en cada día y en ese momento o en el siguiente, tendrán lista su inscripción.
Más claro el agua… Que les deleguen también la apertura de un tomo de la sección 1ª y que hagan la inscripción,…. y los expedientes para rectificar los errores que cometan… A saber qué apellidos (y qué comprobación estartán haciendo) estarán imponiendo a quienes según su ley sólo tenían uno, para comprobar que el segundo es el que ellos han rellenado desde su casa…
… Seguro que dejarán los datos que ellos han rellenado.. Yo estoy por ponerme que soy hijo de Amancio Ortega…. ISIDROPING
Titulo: juras ante notario
Yo pienso que sin una instrucción de la DGRN no podemos hacer nada, espero que la saquen, tambien hace falta que modifiquen el programa, por que es a traves del programa INFOREG, por donde nos han de comunicar las juras por inscribir, no a traves de los ciudadanos con una copia del acta.
De momento, encuentro lamentable que los notarios esten haciendo las juras sin ningún amparo legal, la figura de la encomienda de gestión, una figura de derecho administrativo, era aceptable para los registradores y para tramitar el expediente administrativo de la DGRN, pero la jura no es un expediente administrativo y sin modificación legal no lo veo claro y lo mínimo que podria hacer la DGRN es comunicar a los Registros cual es la situación actual…. RC CASTELLON
Las organizaciones sindicales ya han manifestado nuevamente su opinión al respecto a través de un comunicado de prensa donde critican que esta encomienda de Jura a Notarios supone la privatización de los registros civiles y el traslado de los medios materiales y personales a Notarios y Registradores. También critican que este proceso no beneficia a los ciudadanos, que no es gratuito y que no tiene cobertura legal.
¿Y cual es nuestra opinión desde Parainmigrantes.info?
Comprendemos la reivindicaciones de los Registros Civiles, podemos compartirlas en muchos aspectos. Pero estamos en total desacuerdo con la forma en la que se está trasladando dicho problema a los extranjeros que día a día se acercan a realizar sus trámites al registro civil. Estas personas tienen derecho a que su  proceso de nacionalidad finalice en breve y de forma correcta y no tienen por qué convertirse en espectadores directos del conflicto Trabajadores Registros Civiles vs Ministerio de Justicia.
Si se quiere obstaculizar el proceso de jura en notaría por parte de los encargados de los Registros Civiles, quien verdaderamente se verá perjudicado serán los miles y miles de extranjeros que necesitan ver inscrita su nacionalidad.
Seguro que hay una fórmula que satisfaga a todos y, sobre todo, que no perjudique siempre a los mismos.
La encomienda a Registradores y Notarios puede tener muchos fallos, pero gracias a la misma, hoy en día ya son españoles miles de extranjeros que de otra forma, igual hubieran tenido que esperar otros cuantos años más para finalizar su trámite.

Fuente: Parainmigrantes