miércoles, 3 de octubre de 2012

Póliza sanitaria pública para los inmigrantes sin papeles

Los inmigrantes sin papeles podrán suscribir una póliza sanitaria pública y tener asistencia sanitaria de la Seguridad Social.


Desde el 1 de septiembre de 2012, miles de inmigrantes sin papeles se han quedado sin asistencia sanitaria en España. Algunas comunidades autónomas no han aplicado la nueva normativa, pero sí la gran mayoría.
Desde antes, se venía hablando de la posibilidad de implantar una póliza sanitaria publica de pago. Es decir, la posibilidad de pagar a la Seguridad Social española a cambio de recibir la asistencia sanitaria. Esta opción serviría para que, no sólo los inmigrantes sin papeles pudieran disponer de un seguro médico público, sino también para que los extranjeros en situación regular o españoles sin asistencia médica pública, pudieran tener oportunidad de recibir atención médica por parte del Estado.
Ahora ya comenzamos a conocer algunos detalles de esta “tarjeta sanitaria de pago”. La póliza se limitaría, al parecer,  a la cartera básica de servicios, lo que dejaría fuera el transporte sanitario o las prótesis externas (sillas de ruedas, corsés). Pero también cualquier tipo de ayuda en la compra de medicamentos: quienes se acojan a esta opción deberán pagar el 100% de su coste.
El coste de la póliza sería de unos 700 euros al año apróximadamente que subirían hasta los casi 1.900 euros para los mayores de 65 años. y cubriría, según el Minsterio de Sanidad todas aquellas actividades de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que tienen lugar en los centros sanitarios y sociosanitarios; además del transporte sanitario urgente.
Las personas que se acojan a esta posibilidad deberán pagar el coste íntegro de los servicios incluidos en la cartera suplementaria y de los servicios accesorios sanitarios. A la primera categoría pertenecen las prestaciones farmacéuticas extrahospitalarias, así como las prótesis externas, los productos dietéticos y el transporte sanitario no urgente.
Para acogerse al convenio se requerirá al usuario no tener la condición de asegurado ni beneficiario del Sistema Nacional de Salud, así como estar inscrito en el padrón de algún municipio español un año antes de la fecha de solicitud.

Fuente: Parainmigrantes

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