lunes, 8 de abril de 2013

Condenada una mujer por la ablación genital que sufrió su hija en Senegal

La madre afirmó a la Audiencia Nacional que se enteró de las lesiones una vez en Cataluña

Se trata de la primera sentencia por una mutilación de clítoris perpetrada fuera de España

La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de prisión a una mujer de nacionalidad senegalesa por la ablación genital que sufrió su hija en el país africano. Según fuentes judiciales, se trata de la primera vez que se condena a alguien por una mutilación del clítoris perpetrada fuera del territorio español.
La condenada, Fatoumata D., de 41 años, llegó a Cataluña en 2010 después de que su esposo, residente en España desde 1999, consiguiera un permiso para reagrupar a su familia. El 16 de agosto de 2010, la pareja acudió al centro de salud de Premià de Mar (Girona) con su hija menor para realizar una exploración a la niña dentro del protocolo de actuación de menores inmigrantes. En el reconocimiento médico, los facultativos observaron que a la niña, nacida en 2006, le había sido extirpado el clítoris. La operación, con aspecto de ser antigua, le generó lesiones en la zona vaginal.
La acusada, que vivía en una zona rural de Senegal, aseguró en la vista oral que se enteró de la lesión sufrida por la menor en el propio centro médico. Explicó que desde que la niña dejó de tomar pecho, la llevó a la aldea donde vivía la abuela materna para poder seguir ella trabajando en el campo, y que pudo ser la anciana, o alguien con el consentimiento de esta, la que pudo practicar la extirpación genital. Fatoumata dijo en el juicio que ella nunca hubiera permitido la mutilación de su hija y que enterarse de ella en España le produjo “profunda tristeza”.
Sin embargo, el enfermero que atendió a la menor dio una versión totalmente opuesta en la vista oral: afirmó que los padres no mostraron ninguna sorpresa al comunicarles él la ablación de su hija y que el padre le comentó que se trataba de un hecho cultural en África. Según el enfermero, la madre señaló, con naturalidad, que a ella también se le practicó la ablación cuando era niña. Ante el testimonio del enfermero, el tribunal “no alberga ninguna duda de la autoría de la acusada”, ya sea como autora material de la ablación, ya por no haber evitado que se practicara. Por ello, la condena a dos años de prisión y a que indemnice a la menor con 10.000 euros. La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.
 
Fuente: elpais.com
 
La reconstrucción quirúrgica reduce los daños de la ablación
 
 
 
 
 

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